II plan de rescate para autónomos y microempresas

Nuevo plan de rescate, destinado a autónomos y microempresas gallegas, afectadas por la crisis generada por la pandemia de la COVID-19.

personas trabajando en una oficina de asesoramiento

Convocado un segundo plan de ayudas destinadas a personas trabajadoras autónomas y microempresas afectadas por la crisis del COVID-19.

📌 Presentación de solicitudes: a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia haciendo clic 👉 aquí e indicando el código de procedimiento que corresponda.

📌 Plazo de presentación de solicitudes: un mes desde mañana 19 de febrero de 2021.

📌 Acceso directo al DOG.

PROGRAMA I. APOYO A LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS (TR500A)

Beneficiarios:

  • Autónomos de alta en el RETA o en el régimen de trabajadores del mar como personas trabajadoras por cuenta propia, que tengan el domicilio fiscal en Galicia incluidos los autónomos societarios que tuviesen un alta anterior al 30.3.2020 y que acrediten una bajada de facturación de por lo menos el 45%.
  • Autónomos de temporada, siempre que acrediten que, aunque no estén de alta en el momento de la presentación de su solicitud, hayan estado de alta un mínimo de 4 meses y máximo de 9 meses, en los años 2018 y 2019.

Se exime a las personas beneficiarias de esta subvención del requisito de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o frente a la Administración pública de la Comunidad Autónoma, en el momento de la concesión de la ayuda y del pago del anticipo concedido (con condiciones).

Importe de las ayudas. La bajada de facturación se calculará de manera general comparando los datos de facturación anual de 2020 con los de 2019.

  • 1.200 € para las personas que acrediten una bajada de facturación entre el 45 % y el 60 %.
  • 2.000 € para las personas que acrediten una bajada de facturación de más de un 60 % y de menos del 70 %.
  • 3.000 € para las personas que acrediten una bajada de facturación igual o superior al 70 %.

Para las personas autónomas de temporada, los importes de la ayuda serán del 50 % de las cantidades indicadas en el apartado anterior.

PROGRAMA II. APOYO A MICROEMPRESAS PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO Y DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA (TR500B)

Beneficiarios:

  • Microempresas y personas trabajadoras autónomas, que tengan personal contratado por cuenta ajena a su cargo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y que tuviesen una bajada de facturación de, al menos, el 45 %.
  • Empresas que tengan hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación no superior a 2 millones de euros en el último año en el que se presentasen cuentas y que acrediten un descenso de facturación superior al 60 %. En el caso de las pymes pertenecientes al canal de distribución Horeca, el volumen de facturación se elevará hasta los 5 millones de euros.

Se exime a las personas beneficiarias de esta subvención del requisito de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social o frente a la Administración pública de la Comunidad Autónoma, en el momento de la concesión de la ayuda y del pago del anticipo concedido (con condiciones).

Importe de las ayudas. La bajada de facturación se calculará de manera general comparando los datos de facturación anual de 2020 con los de 2019.

  • 4.000 € para las personas o entidades que acrediten una bajada de facturación de entre el 45 % y el 60 %.
  • 5.000 € para las personas o entidades que acrediten una bajada de facturación de más de un 60 % y de menos del 70 %.
  • 6.000 € para las personas o entidades que acrediten una bajada de facturación igual o superior al 70 %.