El Boletín Oficial del Estado del sábado 27 de marzo publicaba una nueva Orden del Ministerio de Sanidad, referente a nuestras fronteras.
En esta nueva Orden se establece que, todas las personas procedentes de zonas de riesgo de Francia, que lleguen a España por vía terrestre, deberán disponer de una prueba PCR, TMA u otro tipo de prueba diagnóstica de SARS-Cov-2 con resultado negativo.
Esta prueba deberá estar realizada en las setenta y dos horas previas a la llegada a España.
Quedan exceptuadas de esta obligación las siguientes personas:
- Niños menores de 6 años.
- Profesionales del transporte por carretera en el ejercicio de su actividad profesional.
- Trabajadores transfronterizos.
- Residentes en zonas fronterizas, en un radio de 30 kilómetros alrededor de su lugar de residencia.
📅 Esta nueva medida produce efectos desde el martes 30 de marzo y hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.