El Boletín Oficial del Estado del miércoles 28 de abril establece las nuevas condiciones de cuarentena para aquellas personas procedentes de la India a su llegada a España.
De esta manera, aquellos viajeros que lleguen en un vuelo desde cualquier aeropuerto de la India, deberán guardar cuarentena los 10 días posteriores a su llegada o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior.
Durante este periodo, deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, y limitando sus desplazamientos a la adquisición de alimentos y de productos de primera necesidad, o a la asistencia a establecimientos o servicios sanitarios.
Esta cuarentena puede finalizar antes si al séptimo día la persona obtiene resultado negativo de una prueba RT-PRC o equivalente.
Las autoridades sanitarias y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrán contactar con las personas en cuarentena para realizar su seguimiento.
📌 Esta orden entrará en vigor a las 00:00 horas del día 1 de mayo de 2021.