Ayudas para la Industria Manufacturera

Convocadas nuevas ayudas para la ejecución de planes de innovación y de sostenibilidad en el ámbito de la Industria Manufacturera.

👉Orden

Ayudas para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la ejecución de planes de innovación y de sostenibilidad en el ámbito de la Industria Manufacturera.

Beneficiarios

Sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial, y que no formen parte del sector público.

Líneas de actuación

  • Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación. Proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, y proyectos de innovación en materia de organización y procesos.
    • Investigación industrial.
    • Desarrollo experimental.
    • Innovación en materia de organización.
    • Innovación en materia de procesos.
  • Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
    • Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente.
    • Inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o energías renovables.

Gastos subvencionables

  • Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación.
    • Personal.
    • Instrumental y material inventariable.
    • Investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
  • Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
    • Aparatos y equipos de producción.
    • Edificación e instalaciones.
    • Activos inmateriales.
    • Colaboraciones externas.

Características de la ayuda

Podrán tener la forma de préstamos o de una combinación de préstamos y subvenciones.

Plazo de realización de las actuaciones, desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de 24 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.

Presentación de solicitudes.  De forma telemática a través de la aplicación disponible para ello en el 👉 portal de ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Plazo de presentación de solicitudes. Será el que establezcan las convocatorias que se deriven de esta orden de bases, no siendo este superior a 60 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Para más información o consultas puedes ponerte en contacto con el portal de ayudas a través del número de teléfono 91 349 46 40.