Ayudas de la Xunta de Galicia para rehabilitar viviendas destinadas a trabajadores: hasta 50.000 € por vivienda

La Consellería de Emprego, Comercio e Emigración ha publicado una nueva convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de viviendas destinadas a la residencia habitual de trabajadores vinculados a empresas con centros de trabajo en Galicia.

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Las ayudas para la rehabilitación de viviendas de trabajadores en Galicia 2026 ya están en marcha. La Xunta de Galicia ha convocado subvenciones de hasta el 95 % del coste de las obras para empresas, particulares y ayuntamientos que quieran rehabilitar viviendas destinadas a la residencia habitual de sus empleados en municipios de menos de 20.000 habitantes.

¿Qué son las ayudas para rehabilitación de viviendas de trabajadores en Galicia 2026?

La Xunta de Galicia ha aprobado, a través de una orden conjunta de las consejerías de Emprego y de Vivenda, una línea de subvenciones para la rehabilitación de viviendas situadas en municipios de menos de 20.000 habitantes, con el objetivo de ponerlas a disposición de personas trabajadoras mediante contrato de alquiler o cesión de uso.

Esta convocatoria, publicada en el DOG el 15 de mayo de 2026, cuenta con un presupuesto de 1,5 millones de euros y está dirigida tanto a empresas y particulares como a ayuntamientos.


¿Quién puede solicitar estas subvenciones?

Existen dos líneas de ayuda con distintos beneficiarios:

Línea TR358E — Para empresas y personas físicas o jurídicas:

  • Empresas con centros de trabajo en Galicia que dispongan de viviendas para alojar a sus trabajadores.
  • Personas físicas o jurídicas que tengan un acuerdo con alguna empresa para destinar la vivienda rehabilitada a sus empleados.

Línea TR358F — Para ayuntamientos:

  • Concellos que dispongan de viviendas y hayan suscrito un instrumento jurídico con empresas para destinarlas a sus trabajadores.

En ambos casos, el solicitante debe ser propietario, usufructuario o cesionario del inmueble por un plazo mínimo de 10 años.


¿Cuánto dinero se puede recibir?

Las ayudas pueden cubrir hasta el 95 % del presupuesto protegido de las obras, con los siguientes límites:

Tipo de viviendaSolicitante particular/empresaSolicitante ayuntamiento
Vivienda unifamiliarHasta 50.000 €Hasta 75.000 €
Edificio colectivo (por vivienda)Hasta 30.000 €Hasta 30.000 €
Límite total edificio colectivo300.000 €300.000 €

Además, si la vivienda está situada en una área Rexurbe, el límite máximo se incrementa en 1.000 € adicionales.

También se puede solicitar la cobertura de un seguro de impago del alquiler, con un máximo de 600 € anuales durante un plazo de hasta 5 años.


¿Qué obras son subvencionables?

Se consideran actuaciones subvencionables las obras de rehabilitación, terminación y/o ampliación de viviendas, incluyendo mejoras de:

  • Accesibilidad
  • Conservación y habitabilidad
  • Sostenibilidad y eficiencia energética

También se incluyen los honorarios técnicos, informes y gastos de tramitación administrativa debidamente justificados. Las actuaciones no pueden haber comenzado antes del 1 de enero de 2026.


¿Dónde deben estar situadas las viviendas?

La vivienda debe cumplir estos requisitos de ubicación:

  • Estar en un municipio de menos de 20.000 habitantes de Galicia.
  • Encontrarse a menos de 15 kilómetros del centro de trabajo de la persona trabajadora destinataria.
  • Tener una superficie útil mínima de 90 m² si es unifamiliar, o de 70 m² si forma parte de un edificio colectivo.

¿Cómo se valoran las solicitudes?

La concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva, puntuándose según estos criterios principales:

  • Proximidad de la vivienda al centro de trabajo, al transporte público y a vías de alta capacidad.
  • Tipo de municipio: se priorizan los de menos de 5.000 habitantes y los que pierden población.
  • Eficiencia energética de la rehabilitación (hasta 10 puntos por una reducción del consumo superior al 60 %).
  • Materiales sostenibles y técnicas de construcción ecológica.
  • Esfuerzo inversor del beneficiario (porcentaje del coste asumido con fondos propios).
  • Sector estratégico de la empresa empleadora: automoción, naval, metalmecánico, TIC, textil-moda, industrias culturales, agroalimentario, pesquero, forestal o cuidados de mayores.

¿Cuál es el plazo para solicitar estas ayudas?

El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación en el DOG, es decir, hasta el 16 de julio de 2026 aproximadamente.

Las solicitudes se presentan preferentemente de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia en sede.xunta.gal, utilizando los formularios Anexo I.I (TR358E) o Anexo I.II (TR358F).


¿Por qué puede interesar a las empresas del Polígono San Cibrao das Viñas?

Muchas empresas del polígono tienen dificultades para atraer o retener talento por la escasez de vivienda disponible en el entorno. Esta convocatoria ofrece una solución concreta: financiar la rehabilitación de una vivienda próxima al centro de trabajo para ponerla a disposición de trabajadores con contrato, recuperando hasta el 95 % de la inversión en forma de subvención.

Desde la Asociación de Empresarios del Polígono San Cibrao das Viñas animamos a todas las empresas interesadas a analizar esta oportunidad y a consultar con sus asesores o con la propia asociación para valorar su viabilidad.


Más información

  • DOG — Orden del 5 de mayo de 2026 (DOG núm. 89, 15 de mayo de 2026)
  • Sede electrónica Xunta de Galicia: sede.xunta.gal
  • Códigos de procedimiento: TR358E (empresas y particulares) / TR358F (ayuntamientos)